El alquiler turístico de temporada escapa al régimen de vivienda habitual: la fianza se prorratea a los días de estancia, sin mensualidad fija, y la rotación de huéspedes encadena entradas y salidas que disparan el número de depósitos autonómicos a presentar. Muchos anfitriones de plataforma asumen que la temporada turística exime del depósito y se equivocan, con sanción. Cada CCAA trata la temporada con su propia norma y, a veces, con un trámite diferenciado en sede. El flujo en alquiler de temporada es: reserva turística → contrato de temporada con fianza prorrateada a la estancia → verificación del régimen CCAA de temporada → depósito en el organismo si procede → justificante.
La cooperativa o entidad promotora de vivienda protegida (VPO) gestiona contratos con fianza tasada y organismo específico: incumplir el depósito arrastra el reintegro de las ayudas públicas además de la sanción.
La vivienda protegida (VPO) tiene fianza tasada y precio calificado, con organismo específico en varias CCAA para la cooperativa promotora. Incumplir el depósito en régimen protegido arrastra el reintegro de las ayudas públicas y subvenciones además de la sanción autonómica. La VPO tiene fianza tasada y precio calificado, régimen propio de la cooperativa promotora. El organismo competente en protegido puede ser específico de la CCAA, distinto del régimen libre. Incumplir el depósito en protegido arrastra reintegro de ayudas y subvenciones públicas. FianzaListo trackea ese plazo por CCAA y te avisa para depositar a tiempo.
El alquiler turístico de temporada escapa al régimen de vivienda habitual: la fianza se prorratea a los días de estancia, sin mensualidad fija, y la rotación de huéspedes encadena entradas y salidas que disparan el número de depósitos autonómicos a presentar. Muchos anfitriones de plataforma asumen que la temporada turística exime del depósito y se equivocan, con sanción. Cada CCAA trata la temporada con su propia norma y, a veces, con un trámite diferenciado en sede.
reserva turística → contrato de temporada con fianza prorrateada a la estancia → verificación del régimen CCAA de temporada → depósito en el organismo si procede → justificante
El plazo exacto para depositar la fianza según tu comunidad autónoma: Madrid 30 días hábiles, Cataluña 2 meses, Andalucía/C. Valenciana/País Vasco/Galicia 1 mes.
Avisos antes de que se cumpla el plazo de depósito de la fianza en tu CCAA, para que no se te pase y te multen.
Te decimos a qué organismo depositar la fianza y cómo: AVS (Madrid), Incasòl (Cataluña), AVRA (Andalucía), IVIA/AVRAVA (C. Valenciana), Bizilagun (País Vasco), IGVS (Galicia).
Estima la sanción si te pasas del plazo de depósito: Madrid 5–50 %, Cataluña 35–75 %, Andalucía hasta el 150 % de la fianza.
Panel de varios inmuebles: qué fianzas están depositadas, cuáles pendientes y cuándo vence cada plazo.
Guía de la actualización anual de la fianza conforme al art. 17 LAU (IPC o IRAV donde aplica).