La habitación suelta en un piso compartido se rige por el régimen autonómico de habitación y cada inquilino conviviente arrastra su vencimiento dentro de la misma casa.
Alquilar una habitación suelta dentro de un piso compartido somete la fianza al régimen autonómico de habitación, distinto del contrato de vivienda entera en varias comunidades. Cada inquilino conviviente firma su propio contrato y arrastra su vencimiento de depósito dentro de la misma casa, y lo habitual es aplicar la fianza de vivienda entera a una habitación y equivocarse de régimen. El organismo autonómico aplica su norma concreta para habitación donde la tiene. El flujo típico en alquiler de habitaciones es: firma del contrato de habitación suelta → fianza bajo el régimen autonómico de habitación → depósito por cada inquilino conviviente → justificante por habitación. FianzaListo encaja en ese flujo trackeando el plazo de fianza de tu CCAA, avisándote antes del vencimiento y guiándote al organismo correcto, para que deposites a tiempo y sin sanción.
Alquilar una habitación suelta dentro de un piso compartido somete la fianza al régimen autonómico de habitación, distinto del contrato de vivienda entera en varias comunidades. Cada inquilino conviviente firma su propio contrato y arrastra su vencimiento de depósito dentro de la misma casa, y lo habitual es aplicar la fianza de vivienda entera a una habitación y equivocarse de régimen. El organismo autonómico aplica su norma concreta para habitación donde la tiene.
firma del contrato de habitación suelta → fianza bajo el régimen autonómico de habitación → depósito por cada inquilino conviviente → justificante por habitación
El plazo exacto para depositar la fianza según tu comunidad autónoma: Madrid 30 días hábiles, Cataluña 2 meses, Andalucía/C. Valenciana/País Vasco/Galicia 1 mes.
Avisos antes de que se cumpla el plazo de depósito de la fianza en tu CCAA, para que no se te pase y te multen.
Te decimos a qué organismo depositar la fianza y cómo: AVS (Madrid), Incasòl (Cataluña), AVRA (Andalucía), IVIA/AVRAVA (C. Valenciana), Bizilagun (País Vasco), IGVS (Galicia).
Estima la sanción si te pasas del plazo de depósito: Madrid 5–50 %, Cataluña 35–75 %, Andalucía hasta el 150 % de la fianza.
Panel de varios inmuebles: qué fianzas están depositadas, cuáles pendientes y cuándo vence cada plazo.
Guía de la actualización anual de la fianza conforme al art. 17 LAU (IPC o IRAV donde aplica).