El alquiler turístico de temporada escapa al régimen de vivienda habitual: la fianza se prorratea a los días de estancia, sin mensualidad fija, y la rotación de huéspedes encadena entradas y salidas que disparan el número de depósitos autonómicos a presentar. Muchos anfitriones de plataforma asumen que la temporada turística exime del depósito y se equivocan, con sanción. Cada CCAA trata la temporada con su propia norma y, a veces, con un trámite diferenciado en sede. El flujo en alquiler de temporada es: reserva turística → contrato de temporada con fianza prorrateada a la estancia → verificación del régimen CCAA de temporada → depósito en el organismo si procede → justificante.
La fianza sin depositar hace años arrastra sanción autonómica acumulada por cada año de retraso (5-75% según CCAA): sin regularizar, la sanción acumulada supera a la fianza original.
La fianza sin depositar hace años arrastra sanción autonómica acumulada por cada año de retraso (5-75% según CCAA). El propietario con fianza atrasada no sabe cuántos años debe regularizar y la sanción acumulada crece mes a mes. La sanción autonómica de la fianza atrasada acumula por cada año de retraso (5-75% según CCAA). El propietario con fianza atrasada no sabe cuántos años regularizar y la sanción acumulada crece. Sin regularizar, la sanción acumulada por años de retraso supera a la fianza original. FianzaListo trackea ese plazo por CCAA y te avisa para depositar a tiempo.
El alquiler turístico de temporada escapa al régimen de vivienda habitual: la fianza se prorratea a los días de estancia, sin mensualidad fija, y la rotación de huéspedes encadena entradas y salidas que disparan el número de depósitos autonómicos a presentar. Muchos anfitriones de plataforma asumen que la temporada turística exime del depósito y se equivocan, con sanción. Cada CCAA trata la temporada con su propia norma y, a veces, con un trámite diferenciado en sede.
reserva turística → contrato de temporada con fianza prorrateada a la estancia → verificación del régimen CCAA de temporada → depósito en el organismo si procede → justificante
El plazo exacto para depositar la fianza según tu comunidad autónoma: Madrid 30 días hábiles, Cataluña 2 meses, Andalucía/C. Valenciana/País Vasco/Galicia 1 mes.
Avisos antes de que se cumpla el plazo de depósito de la fianza en tu CCAA, para que no se te pase y te multen.
Te decimos a qué organismo depositar la fianza y cómo: AVS (Madrid), Incasòl (Cataluña), AVRA (Andalucía), IVIA/AVRAVA (C. Valenciana), Bizilagun (País Vasco), IGVS (Galicia).
Estima la sanción si te pasas del plazo de depósito: Madrid 5–50 %, Cataluña 35–75 %, Andalucía hasta el 150 % de la fianza.
Panel de varios inmuebles: qué fianzas están depositadas, cuáles pendientes y cuándo vence cada plazo.
Guía de la actualización anual de la fianza conforme al art. 17 LAU (IPC o IRAV donde aplica).