El alquiler turístico de temporada escapa al régimen de vivienda habitual: la fianza se prorratea a los días de estancia, sin mensualidad fija, y la rotación de huéspedes encadena entradas y salidas que disparan el número de depósitos autonómicos a presentar. Muchos anfitriones de plataforma asumen que la temporada turística exime del depósito y se equivocan, con sanción. Cada CCAA trata la temporada con su propia norma y, a veces, con un trámite diferenciado en sede. El flujo en alquiler de temporada es: reserva turística → contrato de temporada con fianza prorrateada a la estancia → verificación del régimen CCAA de temporada → depósito en el organismo si procede → justificante.
El propietario con inmuebles en varias CCAA trackea plazos de fianza distintos (Madrid 30 días hábiles, Cataluña 2 meses, otras 1 mes): sin un panel multi-CCAA, aplica mal el plazo y arrastra sanciones.
El propietario con inmuebles en varias CCAA trackea plazos de fianza distintos (Madrid 30 días hábiles, Cataluña 2 meses, otras 1 mes) y se lia sin un panel multi-CCAA. Sin sistema, el propietario aplica el plazo de una CCAA al inmueble de otra y se arriesga a la sanción autonómica. Los plazos de fianza varían por CCAA: Madrid 30 días hábiles, Cataluña 2 meses, otras 1 mes. Sin panel multi-CCAA, el propietario aplica el plazo de una CCAA al inmueble de otra. La gestión multi-CCAA a mano confunde organismo y arrastra sanciones en la cartera. FianzaListo trackea ese plazo por CCAA y te avisa para depositar a tiempo.
El alquiler turístico de temporada escapa al régimen de vivienda habitual: la fianza se prorratea a los días de estancia, sin mensualidad fija, y la rotación de huéspedes encadena entradas y salidas que disparan el número de depósitos autonómicos a presentar. Muchos anfitriones de plataforma asumen que la temporada turística exime del depósito y se equivocan, con sanción. Cada CCAA trata la temporada con su propia norma y, a veces, con un trámite diferenciado en sede.
reserva turística → contrato de temporada con fianza prorrateada a la estancia → verificación del régimen CCAA de temporada → depósito en el organismo si procede → justificante
El plazo exacto para depositar la fianza según tu comunidad autónoma: Madrid 30 días hábiles, Cataluña 2 meses, Andalucía/C. Valenciana/País Vasco/Galicia 1 mes.
Avisos antes de que se cumpla el plazo de depósito de la fianza en tu CCAA, para que no se te pase y te multen.
Te decimos a qué organismo depositar la fianza y cómo: AVS (Madrid), Incasòl (Cataluña), AVRA (Andalucía), IVIA/AVRAVA (C. Valenciana), Bizilagun (País Vasco), IGVS (Galicia).
Estima la sanción si te pasas del plazo de depósito: Madrid 5–50 %, Cataluña 35–75 %, Andalucía hasta el 150 % de la fianza.
Panel de varios inmuebles: qué fianzas están depositadas, cuáles pendientes y cuándo vence cada plazo.
Guía de la actualización anual de la fianza conforme al art. 17 LAU (IPC o IRAV donde aplica).