El inversor rentista acumula una cartera inmobiliaria de varios pisos con fechas de firma y plazos por CCAA distintos, y no opera el día a día: la rentabilidad depende de que ninguna fianza se quede sin depositar y de que la actualización anual al renovar no se le pase. Sin un panel, seguir cada vencimiento a mano es inviable y el depósito queda desfasado respecto a la renta vigente, mermando el flujo de caja además de la sanción. El flujo en inversión rentista es: alta de cada piso de la cartera inmobiliaria → cálculo del plazo por CCAA → alertas de vencimiento → depósito en el organismo → actualización anual al renovar.
El arrendador de un local o nave deposita 2 mensualidades de fianza, no 1, conforme al art. 36.1 LAU: sobre un importe alto, una fianza fuera de plazo supone una sanción gruesa.
El alquiler de uso distinto exige una fianza de 2 mensualidades, no 1, conforme al art. 36.1 LAU para el local o la nave. El régimen del local es distinto del de vivienda y el organismo gestiona el depósito con sus particularidades para uso distinto. Fianza de 2 mensualidades en uso distinto del de vivienda (art. 36.1 LAU). El régimen del local o la nave es distinto del de vivienda habitual. Sobre importes altos, la sanción por fuera de plazo escala con la fianza. FianzaListo trackea ese plazo por CCAA y te avisa para depositar a tiempo.
El inversor rentista acumula una cartera inmobiliaria de varios pisos con fechas de firma y plazos por CCAA distintos, y no opera el día a día: la rentabilidad depende de que ninguna fianza se quede sin depositar y de que la actualización anual al renovar no se le pase. Sin un panel, seguir cada vencimiento a mano es inviable y el depósito queda desfasado respecto a la renta vigente, mermando el flujo de caja además de la sanción.
alta de cada piso de la cartera inmobiliaria → cálculo del plazo por CCAA → alertas de vencimiento → depósito en el organismo → actualización anual al renovar
El plazo exacto para depositar la fianza según tu comunidad autónoma: Madrid 30 días hábiles, Cataluña 2 meses, Andalucía/C. Valenciana/País Vasco/Galicia 1 mes.
Avisos antes de que se cumpla el plazo de depósito de la fianza en tu CCAA, para que no se te pase y te multen.
Te decimos a qué organismo depositar la fianza y cómo: AVS (Madrid), Incasòl (Cataluña), AVRA (Andalucía), IVIA/AVRAVA (C. Valenciana), Bizilagun (País Vasco), IGVS (Galicia).
Estima la sanción si te pasas del plazo de depósito: Madrid 5–50 %, Cataluña 35–75 %, Andalucía hasta el 150 % de la fianza.
Panel de varios inmuebles: qué fianzas están depositadas, cuáles pendientes y cuándo vence cada plazo.
Guía de la actualización anual de la fianza conforme al art. 17 LAU (IPC o IRAV donde aplica).