El alquiler de uso distinto del de vivienda —locales y naves— dobla la fianza: el art. 36.1 LAU fija 2 mensualidades, no 1. Sobre contratos de importe alto, una fianza de dos mensualidades mal depositada o fuera de plazo supone una sanción gruesa, porque la multa autonómica escala con el importe de la fianza. El régimen del local es distinto del de vivienda y el organismo gestiona el depósito con sus particularidades para uso distinto. El flujo en locales comerciales es: firma del contrato de local → fianza de 2 mensualidades → cálculo del plazo por CCAA → depósito telemático en el organismo → justificante.
La cooperativa o entidad promotora de vivienda protegida (VPO) gestiona contratos con fianza tasada y organismo específico: incumplir el depósito arrastra el reintegro de las ayudas públicas además de la sanción.
La vivienda protegida (VPO) tiene fianza tasada y precio calificado, con organismo específico en varias CCAA para la cooperativa promotora. Incumplir el depósito en régimen protegido arrastra el reintegro de las ayudas públicas y subvenciones además de la sanción autonómica. La VPO tiene fianza tasada y precio calificado, régimen propio de la cooperativa promotora. El organismo competente en protegido puede ser específico de la CCAA, distinto del régimen libre. Incumplir el depósito en protegido arrastra reintegro de ayudas y subvenciones públicas. FianzaListo trackea ese plazo por CCAA y te avisa para depositar a tiempo.
El alquiler de uso distinto del de vivienda —locales y naves— dobla la fianza: el art. 36.1 LAU fija 2 mensualidades, no 1. Sobre contratos de importe alto, una fianza de dos mensualidades mal depositada o fuera de plazo supone una sanción gruesa, porque la multa autonómica escala con el importe de la fianza. El régimen del local es distinto del de vivienda y el organismo gestiona el depósito con sus particularidades para uso distinto.
firma del contrato de local → fianza de 2 mensualidades → cálculo del plazo por CCAA → depósito telemático en el organismo → justificante
El plazo exacto para depositar la fianza según tu comunidad autónoma: Madrid 30 días hábiles, Cataluña 2 meses, Andalucía/C. Valenciana/País Vasco/Galicia 1 mes.
Avisos antes de que se cumpla el plazo de depósito de la fianza en tu CCAA, para que no se te pase y te multen.
Te decimos a qué organismo depositar la fianza y cómo: AVS (Madrid), Incasòl (Cataluña), AVRA (Andalucía), IVIA/AVRAVA (C. Valenciana), Bizilagun (País Vasco), IGVS (Galicia).
Estima la sanción si te pasas del plazo de depósito: Madrid 5–50 %, Cataluña 35–75 %, Andalucía hasta el 150 % de la fianza.
Panel de varios inmuebles: qué fianzas están depositadas, cuáles pendientes y cuándo vence cada plazo.
Guía de la actualización anual de la fianza conforme al art. 17 LAU (IPC o IRAV donde aplica).