Alertas de vencimiento del plazo para arrendadores de locales: Avisos antes de que se cumpla el plazo de depósito de la fianza en tu CCAA, para que no se te pase y te multen. El arrendador de un local o nave deposita 2 mensualidades de fianza, no 1, conforme al art. 36.1 LAU: sobre un importe alto, una fianza fuera de plazo supone una sanción gruesa.
FianzaListo vigila el plazo de depósito de cada fianza y te envía alertas por email (a través de Resend) antes del vencimiento. El organismo autonómico no te avisa de que se acaba tu plazo: cuando reacciona, suele ser para sancionar. Las alertas automáticas son la función que convierte un plazo fácil de olvidar en un recordatorio a tiempo, sobre todo cuando llevas varios inmuebles con fechas de firma distintas y plazos distintos por CCAA. Sin el aviso, lo habitual es enterarse de la sanción cuando ya ha caducado la posibilidad de depositar en periodo voluntario.
El alquiler de uso distinto exige una fianza de 2 mensualidades, no 1, conforme al art. 36.1 LAU para el local o la nave. El régimen del local es distinto del de vivienda y el organismo gestiona el depósito con sus particularidades para uso distinto. Fianza de 2 mensualidades en uso distinto del de vivienda (art. 36.1 LAU). El régimen del local o la nave es distinto del de vivienda habitual. Sobre importes altos, la sanción por fuera de plazo escala con la fianza. FianzaListo trackea ese plazo por CCAA y te avisa antes del vencimiento.