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Fianzas de alquiler04 de julio de 2026· 5 min de lectura

¿Qué gastos puede descontar el casero de la fianza? Lista completa 2026

El casero solo puede retener la fianza por daños causados por el inquilino, rentas pendientes y suministros impagados. No por pintura, desgaste normal ni «limpieza profesional».

La regla de oro: solo daños atribuibles al inquilino

El artículo 21.4 de la LAU establece que la fianza sirve para garantizar el cumplimiento de las obligaciones del arrendatario. El casero solo puede descontar de la fianza gastos que sean consecuencia directa del incumplimiento o del mal uso de la vivienda por parte del inquilino.

Gastos que SÍ puede descontar

Gasto¿Legítimo?Requisito
Reparaciones por daños causados por el inquilino✅ SíJustificación con facturas y fotos
Rentas mensuales impagadas✅ SíAcreditación del impago
Suministros (agua, luz, gas) impagados a cargo del inquilino✅ SíFacturas a nombre del inquilino
Reparación de electrodomésticos rotos por mal uso✅ SíInforme técnico
Cambio de cerradura por pérdida de llaves✅ SíFactura del cerrajero

Gastos que NO puede descontar

Gasto¿Legítimo?Motivo
Pintura de paredes (desgaste normal)❌ NoDesgaste por uso ordinario
Limpieza profesional❌ NoEl inquilino debe dejarlo limpio, no esterilizado
Cambio de moqueta o parquet por envejecimiento❌ NoObsolescencia normal
Reparaciones de fontanería/electricidad por antigüedad❌ NoConservación ordinaria del arrendador
Fumigación❌ NoSalvo que haya constatado plaga por negligencia
"Gastos de gestión" o "comisión de agencia"❌ NoSin base legal ni contractual explícita

¿Puede cobrarme por "mal olor" o humo de tabaco?

Solo si el contrato lo establece expresamente y el casero aporta justificación técnica (ozono, lavado de textiles). En la práctica, la mayoría de estos descuentos son discutibles y terminan en mediación o juicio.

Conclusión

El casero no es tu enemigo, pero tampoco es tu amigo. Exige justificación documental de cada descuento y rechaza los que no tengan base legal. FianzaListo te dice exactamente qué gastos son legítimos según tu CCAA y te prepara el burofax de reclamación.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para depositar la fianza del alquiler?

Depende de la CCAA: Madrid 30 días (AVS), Cataluña 2 meses (Incasòl), Andalucía 1 mes (AVRA), C. Valenciana 1 mes, País Vasco 1 mes (Bizilagun), Galicia 1 mes (IGVS).

¿Qué multa hay por no depositar la fianza?

Entre el 5% y el 75% del importe de la fianza, según la CCAA y la gravedad.

¿En qué organismo se deposita?

En el organismo de vivienda de tu CCAA: AVS (Madrid), Incasòl (Cataluña), AVRA (Andalucía), etc.

¿Es obligatorio depositar la fianza de todo alquiler?

Sí, el art. 36.1 LAU obliga al arrendador a depositar la fianza en el organismo correspondiente.

¿Qué pasa si deposito fuera de plazo?

Recargo de intereses + posible sanción administrativa según la CCAA.

¿Puedo aplicar la fianza si el inquilino deja impagadas?

Sí, puedes aplicar la fianza a las deudas y reclamar el resto vía burofax o judicial.

Referencias y autoridades

CB
FianzaListo Legal
Equipo legal de FianzaListo

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