La vivienda protegida y social tiene un régimen propio y la fianza está regulada, con organismo específico en varias CCAA. Incumplir el depósito en régimen protegido puede arrastrar el reintegro de ayudas además de la sanción autonómica, y el volumen de contratos de vivienda social hace inviable gestionar los plazos a mano. La fianza y el organismo pueden ser distintos de los de vivienda libre, de modo que aplicar el régimen general lleva a depositar en el sitio o la cuantía equivocados. El flujo en vivienda protegida y social es: firma del contrato de vivienda protegida → fianza regulada por el régimen → depósito en el organismo específico si lo hay → justificante y control de ayudas.
La cooperativa o entidad promotora de vivienda protegida (VPO) gestiona contratos con fianza tasada y organismo específico: incumplir el depósito arrastra el reintegro de las ayudas públicas además de la sanción.
La vivienda protegida (VPO) tiene fianza tasada y precio calificado, con organismo específico en varias CCAA para la cooperativa promotora. Incumplir el depósito en régimen protegido arrastra el reintegro de las ayudas públicas y subvenciones además de la sanción autonómica. La VPO tiene fianza tasada y precio calificado, régimen propio de la cooperativa promotora. El organismo competente en protegido puede ser específico de la CCAA, distinto del régimen libre. Incumplir el depósito en protegido arrastra reintegro de ayudas y subvenciones públicas. FianzaListo trackea ese plazo por CCAA y te avisa para depositar a tiempo.
La vivienda protegida y social tiene un régimen propio y la fianza está regulada, con organismo específico en varias CCAA. Incumplir el depósito en régimen protegido puede arrastrar el reintegro de ayudas además de la sanción autonómica, y el volumen de contratos de vivienda social hace inviable gestionar los plazos a mano. La fianza y el organismo pueden ser distintos de los de vivienda libre, de modo que aplicar el régimen general lleva a depositar en el sitio o la cuantía equivocados.
firma del contrato de vivienda protegida → fianza regulada por el régimen → depósito en el organismo específico si lo hay → justificante y control de ayudas
El plazo exacto para depositar la fianza según tu comunidad autónoma: Madrid 30 días hábiles, Cataluña 2 meses, Andalucía/C. Valenciana/País Vasco/Galicia 1 mes.
Avisos antes de que se cumpla el plazo de depósito de la fianza en tu CCAA, para que no se te pase y te multen.
Te decimos a qué organismo depositar la fianza y cómo: AVS (Madrid), Incasòl (Cataluña), AVRA (Andalucía), IVIA/AVRAVA (C. Valenciana), Bizilagun (País Vasco), IGVS (Galicia).
Estima la sanción si te pasas del plazo de depósito: Madrid 5–50 %, Cataluña 35–75 %, Andalucía hasta el 150 % de la fianza.
Panel de varios inmuebles: qué fianzas están depositadas, cuáles pendientes y cuándo vence cada plazo.
Guía de la actualización anual de la fianza conforme al art. 17 LAU (IPC o IRAV donde aplica).