Fianza por comunidad autónoma

El plazo de depósito de la fianza y el organismo cambian por CCAA. Elige tu comunidad para ver el plazo exacto, el organismo competente y las sanciones aplicables (art. 36.1 LAU + normativa autonómica).

Comunidad de Madrid
Plazo: 30 días hábiles · Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid
Cataluña
Plazo: 2 meses · Institut Català del Sòl
Comunidad Valenciana
Plazo: 1 mes · Institut Valencià d'Investigació en Habitatge
País Vasco
Plazo: 1 mes · Departamento de Vivienda del Gobierno Vasco
Galicia
Plazo: 1 mes · Instituto Galego de Vivenda e Solo
Andalucía
Plazo: Sin obligación de depósito · No existe obligación de depositar la fianza ante organismo público
Aragón
Plazo: 2 meses · Dirección General de Vivienda
Islas Baleares
Plazo: 30 días hábiles · Instituto Balear de la Vivienda
Castilla-La Mancha
Plazo: 30 días hábiles · Dirección General de Vivienda, Urbanismo y Planificación Territorial
Castilla y León
Plazo: 1 mes · Cámaras de la Propiedad Urbana de Castilla y León
Canarias
Plazo: 1 mes · Instituto Canario de la Vivienda
Ceuta
Plazo: 15 días naturales · Empresa Municipal de la Vivienda de Ceuta
Melilla
Plazo: 15 días hábiles · Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Melilla
Asturias
Plazo: Sin obligación de depósito · No existe obligación de depositar la fianza ante organismo público
Cantabria
Plazo: Sin obligación de depósito · No existe obligación de depositar la fianza ante organismo público
Región de Murcia
Plazo: Sin obligación de depósito · No existe obligación de depositar la fianza ante organismo público
Navarra
Plazo: Sin obligación de depósito · No existe obligación de depositar la fianza ante organismo público
La Rioja
Plazo: Sin obligación de depósito · No existe obligación de depositar la fianza ante organismo público
Extremadura
Plazo: Sin obligación práctica · La Ley 3/2001 existe pero el procedimiento de depósito nunca se implementó. La Consejería de Hacienda confirma que la obligación no tiene efecto en la práctica.