En Castilla-La Mancha la fianza se deposita en la Dirección General de Vivienda de la JCCM en 30 días hábiles (Decreto 6/2022 art 7.2). El depósito se hace en la sede electrónica de la JCCM.
El art. 36.1 LAU obliga a depositar la fianza (1 mensualidad en vivienda, 2 en uso distinto) en el organismo autonómico competente. En Castilla-La Mancha ese organismo es Dirección General de Vivienda, Urbanismo y Planificación Territorial (Consejería de Fomento, JCCM) y el plazo es de 30 días hábiles desde la firma del contrato. FianzaListo trackea ese plazo específico de Castilla-La Mancha y te avisa 30/15/5/1 días antes para que no te llegue la sanción.
El Decreto 6/2022 no especifica recargo (derogó el 10% del Decreto 98/1984).
Sanciones previstas en el Código de la Vivienda de CLM. Rango general: 5–75% de la fianza según tipificación.
El plazo exacto para depositar la fianza según tu comunidad autónoma: Madrid 30 días hábiles, Cataluña 2 meses, Andalucía/C. Valenciana/País Vasco/Galicia 1 mes.
Avisos antes de que se cumpla el plazo de depósito de la fianza en tu CCAA, para que no se te pase y te multen.
Te decimos a qué organismo depositar la fianza y cómo: AVS (Madrid), Incasòl (Cataluña), AVRA (Andalucía), IVIA/AVRAVA (C. Valenciana), Bizilagun (País Vasco), IGVS (Galicia).
Estima la sanción si te pasas del plazo de depósito: Madrid 5–50 %, Cataluña 35–75 %, Andalucía hasta el 150 % de la fianza.
Panel de varios inmuebles: qué fianzas están depositadas, cuáles pendientes y cuándo vence cada plazo.
Guía de la actualización anual de la fianza conforme al art. 17 LAU (IPC o IRAV donde aplica).