En la Comunidad Valenciana la fianza se deposita en el IVIA en 1 mes, con sanciones proporcionales al importe y al retraso. El trámite telemático se hace en la GVA.
El art. 36.1 LAU obliga a depositar la fianza (1 mensualidad en vivienda, 2 en uso distinto) en el organismo autonómico competente. En Comunidad Valenciana ese organismo es Institut Valencià d'Investigació en Habitatge (IVIA) / antiguo IVSA y el plazo es de 1 mes desde la firma del contrato. FianzaListo trackea ese plazo específico de Comunidad Valenciana y te avisa 30/15/5/1 días antes para que no te llegue la sanción.
Sanciones proporcionales a la fianza y al retraso, según tipificación autonómica.
Tipificación leve/grave/muy grave con multas proporcionales al importe de la fianza y al retraso.
El plazo exacto para depositar la fianza según tu comunidad autónoma: Madrid 30 días hábiles, Cataluña 2 meses, Andalucía/C. Valenciana/País Vasco/Galicia 1 mes.
Avisos antes de que se cumpla el plazo de depósito de la fianza en tu CCAA, para que no se te pase y te multen.
Te decimos a qué organismo depositar la fianza y cómo: AVS (Madrid), Incasòl (Cataluña), AVRA (Andalucía), IVIA/AVRAVA (C. Valenciana), Bizilagun (País Vasco), IGVS (Galicia).
Estima la sanción si te pasas del plazo de depósito: Madrid 5–50 %, Cataluña 35–75 %, Andalucía hasta el 150 % de la fianza.
Panel de varios inmuebles: qué fianzas están depositadas, cuáles pendientes y cuándo vence cada plazo.
Guía de la actualización anual de la fianza conforme al art. 17 LAU (IPC o IRAV donde aplica).