En Comunidad Valenciana la fianza se deposita en Institut Valencià d'Investigació en Habitatge (IVIA) / antiguo IVSA en 1 mes. En la Comunidad Valenciana la fianza se deposita en el IVIA en 1 mes, con sanciones proporcionales al importe y al retraso. El trámite telemático se hace en la GVA.
El arrendador de un local o nave deposita 2 mensualidades de fianza, no 1, conforme al art. 36.1 LAU: sobre un importe alto, una fianza fuera de plazo supone una sanción gruesa.
El alquiler de uso distinto exige una fianza de 2 mensualidades, no 1, conforme al art. 36.1 LAU para el local o la nave. El régimen del local es distinto del de vivienda y el organismo gestiona el depósito con sus particularidades para uso distinto. FianzaListo trackea el plazo específico de Comunidad Valenciana (1 mes) y te avisa 30/15/5/1 días antes para que los arrendadores de locales no se enfrenten a la sanción autonómica.