En Islas Baleares la fianza se deposita en Instituto Balear de la Vivienda (IBAVI) en 30 días hábiles. En Baleares la fianza se deposita en el IBAVI en 30 días hábiles. La sanción por no depositar llega al 75% de la fianza (máximo 9.000 €) — una de las más duras, comparable a Cataluña.
El arrendador de un local o nave deposita 2 mensualidades de fianza, no 1, conforme al art. 36.1 LAU: sobre un importe alto, una fianza fuera de plazo supone una sanción gruesa.
El alquiler de uso distinto exige una fianza de 2 mensualidades, no 1, conforme al art. 36.1 LAU para el local o la nave. El régimen del local es distinto del de vivienda y el organismo gestiona el depósito con sus particularidades para uso distinto. FianzaListo trackea el plazo específico de Islas Baleares (30 días hábiles) y te avisa 30/15/5/1 días antes para que los arrendadores de locales no se enfrenten a la sanción autonómica.