En Canarias la fianza se deposita en Instituto Canario de la Vivienda (ICV) — Gobierno de Canarias en 1 mes. En Canarias la fianza se deposita en el Instituto Canario de la Vivienda (ICV) en 1 mes, en la Caja General de Depósitos del Gobierno de Canarias. La sanción por no depositar llega al 100% del importe (Ley 2/2014).
El arrendador de un local o nave deposita 2 mensualidades de fianza, no 1, conforme al art. 36.1 LAU: sobre un importe alto, una fianza fuera de plazo supone una sanción gruesa.
El alquiler de uso distinto exige una fianza de 2 mensualidades, no 1, conforme al art. 36.1 LAU para el local o la nave. El régimen del local es distinto del de vivienda y el organismo gestiona el depósito con sus particularidades para uso distinto. FianzaListo trackea el plazo específico de Canarias (1 mes) y te avisa 30/15/5/1 días antes para que los arrendadores de locales no se enfrenten a la sanción autonómica.