En Galicia la fianza se deposita en Instituto Galego de Vivenda e Solo (IGVS) en 1 mes. En Galicia la fianza se deposita en el IGVS en 1 mes, vía el procedimiento VI436A de la sede de la Xunta. El régimen sancionador es el Decreto 42/2011.
El arrendador de un local o nave deposita 2 mensualidades de fianza, no 1, conforme al art. 36.1 LAU: sobre un importe alto, una fianza fuera de plazo supone una sanción gruesa.
El alquiler de uso distinto exige una fianza de 2 mensualidades, no 1, conforme al art. 36.1 LAU para el local o la nave. El régimen del local es distinto del de vivienda y el organismo gestiona el depósito con sus particularidades para uso distinto. FianzaListo trackea el plazo específico de Galicia (1 mes) y te avisa 30/15/5/1 días antes para que los arrendadores de locales no se enfrenten a la sanción autonómica.