FianzaListo estima la sanción a la que te expones si depositas la fianza fuera de plazo en tu comunidad autónoma. El recargo y la multa varían por CCAA: en Madrid, las sanciones típicas van del 5 % al 50 % de la fianza; en Cataluña, del 35 % al 75 %; en Andalucía, la infracción grave puede llegar al 150 % del importe de la fianza no depositada. La cifra real depende de la tipificación (leve, grave o muy grave) y del criterio del organismo, pero FianzaListo te da el horquilla orientativa de tu CCAA para que sepas qué hay en juego antes de dejar pasar el plazo. En Melilla, el plazo de depósito de la fianza es 15 días hábiles en Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Melilla (EMVISMESA), por lo que calculadora de sanción por fuera de plazo se aplica con esa referencia temporal autonómica.
En Melilla la fianza se deposita en EMVISMESA en 15 días hábiles — uno de los plazos más cortos de España. Hay un recargo del 10% si depositas fuera de plazo (Ordenanza de Fianzas art 6). Estima la sanción si te pasas del plazo de depósito: Madrid 5–50 %, Cataluña 35–75 %, Andalucía hasta el 150 % de la fianza.