En Andalucía la fianza se deposita en No existe obligación de depositar la fianza ante organismo público (Ley 5/2025 eliminó el depósito en AVRA desde el 24-enero-2026) en Sin obligación de depósito. ⚠️ Atención: desde el 24 de enero de 2026, Andalucía ya NO exige depositar la fianza en la AVRA. La Ley 5/2025 de Vivienda de Andalucía eliminó la obligación de depósito para los contratos nuevos firmados desde esa fecha. El arrendador retiene la fianza y debe devolverla al final del contrato (art. 36 LAU).
El anfitrión de alquiler turístico prorratea la fianza a los días de estancia y rota huéspedes cada poco tiempo: cada entrada dispara un contrato corto cuyo depósito autonómico toca gestionar.
El alquiler turístico de corta duración prorratea la fianza al número de días de estancia, sin mensualidad fija. La rotación de huéspedes encadena entradas y salidas y dispara el número de contratos cuyo depósito autonómico toca gestionar. FianzaListo trackea el plazo específico de Andalucía (Sin obligación de depósito) y te avisa 30/15/5/1 días antes para que los arrendadores de temporada no se enfrenten a la sanción autonómica.