En Aragón la fianza se deposita en Dirección General de Vivienda (Gobierno de Aragón) en 2 meses. En Aragón la fianza se deposita en la Dirección General de Vivienda del Gobierno de Aragón en 2 meses — el doble del plazo nacional, como Cataluña. La sanción por no depositar es de 300 a 3.000 € (Ley 10/1992 art 18).
El anfitrión de alquiler turístico prorratea la fianza a los días de estancia y rota huéspedes cada poco tiempo: cada entrada dispara un contrato corto cuyo depósito autonómico toca gestionar.
El alquiler turístico de corta duración prorratea la fianza al número de días de estancia, sin mensualidad fija. La rotación de huéspedes encadena entradas y salidas y dispara el número de contratos cuyo depósito autonómico toca gestionar. FianzaListo trackea el plazo específico de Aragón (2 meses) y te avisa 30/15/5/1 días antes para que los arrendadores de temporada no se enfrenten a la sanción autonómica.