En Aragón la fianza se deposita en Dirección General de Vivienda (Gobierno de Aragón) en 2 meses. En Aragón la fianza se deposita en la Dirección General de Vivienda del Gobierno de Aragón en 2 meses — el doble del plazo nacional, como Cataluña. La sanción por no depositar es de 300 a 3.000 € (Ley 10/1992 art 18).
El propietario no residente, que vive fuera de España, conoce peor los plazos y organismos por CCAA y sigue el vencimiento de la fianza desde el extranjero: sin avisos, la sanción le llega sin previo aviso.
El propietario expat o no residente está menos familiarizado con los plazos y los organismos autonómicos que uno local que vive en España. Seguir el vencimiento desde fuera es difícil: el organismo no avisa y la sanción le llega silenciosa a quien vive en otro país. FianzaListo trackea el plazo específico de Aragón (2 meses) y te avisa 30/15/5/1 días antes para que los propietarios no residentes no se enfrenten a la sanción autonómica.