FianzaListo estima la sanción a la que te expones si depositas la fianza fuera de plazo en tu comunidad autónoma. El recargo y la multa varían por CCAA: en Madrid, las sanciones típicas van del 5 % al 50 % de la fianza; en Cataluña, del 35 % al 75 %; en Andalucía, la infracción grave puede llegar al 150 % del importe de la fianza no depositada. La cifra real depende de la tipificación (leve, grave o muy grave) y del criterio del organismo, pero FianzaListo te da el horquilla orientativa de tu CCAA para que sepas qué hay en juego antes de dejar pasar el plazo. En Canarias, el plazo de depósito de la fianza es 1 mes en Instituto Canario de la Vivienda (ICV) — Gobierno de Canarias, por lo que calculadora de sanción por fuera de plazo se aplica con esa referencia temporal autonómica.
En Canarias la fianza se deposita en el Instituto Canario de la Vivienda (ICV) en 1 mes, en la Caja General de Depósitos del Gobierno de Canarias. La sanción por no depositar llega al 100% del importe (Ley 2/2014). Estima la sanción si te pasas del plazo de depósito: Madrid 5–50 %, Cataluña 35–75 %, Andalucía hasta el 150 % de la fianza.