FianzaListo estima la sanción a la que te expones si depositas la fianza fuera de plazo en tu comunidad autónoma. El recargo y la multa varían por CCAA: en Madrid, las sanciones típicas van del 5 % al 50 % de la fianza; en Cataluña, del 35 % al 75 %; en Andalucía, la infracción grave puede llegar al 150 % del importe de la fianza no depositada. La cifra real depende de la tipificación (leve, grave o muy grave) y del criterio del organismo, pero FianzaListo te da el horquilla orientativa de tu CCAA para que sepas qué hay en juego antes de dejar pasar el plazo. En Andalucía, el plazo de depósito de la fianza es Sin obligación de depósito en No existe obligación de depositar la fianza ante organismo público (Ley 5/2025 eliminó el depósito en AVRA desde el 24-enero-2026), por lo que calculadora de sanción por fuera de plazo se aplica con esa referencia temporal autonómica.
⚠️ Atención: desde el 24 de enero de 2026, Andalucía ya NO exige depositar la fianza en la AVRA. La Ley 5/2025 de Vivienda de Andalucía eliminó la obligación de depósito para los contratos nuevos firmados desde esa fecha. El arrendador retiene la fianza y debe devolverla al final del contrato (art. 36 LAU). Estima la sanción si te pasas del plazo de depósito: Madrid 5–50 %, Cataluña 35–75 %, Andalucía hasta el 150 % de la fianza.