Calculadora de sanción por fuera de plazo · Andalucía

Calculadora de sanción por fuera de plazo para la fianza en Andalucía

FianzaListo estima la sanción a la que te expones si depositas la fianza fuera de plazo en tu comunidad autónoma. El recargo y la multa varían por CCAA: en Madrid, las sanciones típicas van del 5 % al 50 % de la fianza; en Cataluña, del 35 % al 75 %; en Andalucía, la infracción grave puede llegar al 150 % del importe de la fianza no depositada. La cifra real depende de la tipificación (leve, grave o muy grave) y del criterio del organismo, pero FianzaListo te da el horquilla orientativa de tu CCAA para que sepas qué hay en juego antes de dejar pasar el plazo. En Andalucía, el plazo de depósito de la fianza es Sin obligación de depósito en No existe obligación de depositar la fianza ante organismo público (Ley 5/2025 eliminó el depósito en AVRA desde el 24-enero-2026), por lo que calculadora de sanción por fuera de plazo se aplica con esa referencia temporal autonómica.

⚠️ Atención: desde el 24 de enero de 2026, Andalucía ya NO exige depositar la fianza en la AVRA. La Ley 5/2025 de Vivienda de Andalucía eliminó la obligación de depósito para los contratos nuevos firmados desde esa fecha. El arrendador retiene la fianza y debe devolverla al final del contrato (art. 36 LAU). Estima la sanción si te pasas del plazo de depósito: Madrid 5–50 %, Cataluña 35–75 %, Andalucía hasta el 150 % de la fianza.

Plazo y organismo en Andalucía

Plazo
Sin obligación de depósito
Organismo
No existe obligación de depositar la fianza ante organismo público (Ley 5/2025 eliminó el depósito en AVRA desde el 24-enero-2026)

Beneficios de Calculadora de sanción por fuera de plazo

Preguntas frecuentes

¿Cómo funciona Calculadora de sanción por fuera de plazo para la fianza en Andalucía?
FianzaListo estima la sanción a la que te expones si depositas la fianza fuera de plazo en tu comunidad autónoma. El recargo y la multa varían por CCAA: en Madrid, las sanciones típicas van del 5 % al 50 % de la fianza; en Cataluña, del 35 % al 75 %; en Andalucía, la infracción grave puede llegar al 150 % del importe de la fianza no depositada. La cifra real depende de la tipificación (leve, grave o muy grave) y del criterio del organismo, pero FianzaListo te da el horquilla orientativa de tu CCAA para que sepas qué hay en juego antes de dejar pasar el plazo. En Andalucía el plazo es Sin obligación de depósito (No existe obligación de depositar la fianza ante organismo público (Ley 5/2025 eliminó el depósito en AVRA desde el 24-enero-2026)). No hay sanción por no depositar (no hay obligación de depósito). El arrendador retiene la fianza y debe devolverla al final del contrato.
¿Tengo que depositar la fianza en Andalucía?
No. Desde el 24 de enero de 2026, la Ley 5/2025 eliminó la obligación de depositar la fianza en la AVRA. El arrendador retiene la fianza y debe devolverla al final del contrato.
¿La sanción por no depositar la fianza es igual en toda España?
No. Varía por comunidad autónoma. Madrid tipifica sanciones del 5 % al 50 % de la fianza; Cataluña, del 35 % al 75 %; Andalucía puede llegar al 150 % del importe no depositado en infracción grave. FianzaListo te muestra la horquilla de tu CCAA.

Audiencias en Andalucía

Otras CCAA