FianzaListo te guía paso a paso al organismo autonómico que recibe el depósito de tu fianza y al trámite telemático en su sede electrónica. Cada CCAA tiene el suyo: la Agencia de Vivienda Social de Madrid (AVS, antes IVIMA), el Institut Català del Sòl (Incasòl), la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA), el Institut Valencià d'Investigació en Habitatge (IVIA) en la GVA, Bizilagun en el País Vasco y el Instituto Galego de Vivenda e Solo (IGVS) en Galicia. La Ley 12/2023 deja claro que la fianza se deposita en el organismo competente de la CCAA, no en un sitio único. FianzaListo te lleva al tuyo y te explica cómo presentar el depósito en su sede. En Andalucía, el plazo de depósito de la fianza es Sin obligación de depósito en No existe obligación de depositar la fianza ante organismo público (Ley 5/2025 eliminó el depósito en AVRA desde el 24-enero-2026), por lo que guía al organismo correcto por ccaa se aplica con esa referencia temporal autonómica.
⚠️ Atención: desde el 24 de enero de 2026, Andalucía ya NO exige depositar la fianza en la AVRA. La Ley 5/2025 de Vivienda de Andalucía eliminó la obligación de depósito para los contratos nuevos firmados desde esa fecha. El arrendador retiene la fianza y debe devolverla al final del contrato (art. 36 LAU). Te decimos a qué organismo depositar la fianza y cómo: AVS (Madrid), Incasòl (Cataluña), AVRA (Andalucía), IVIA/AVRAVA (C. Valenciana), Bizilagun (País Vasco), IGVS (Galicia).