En Andalucía la fianza se deposita en No existe obligación de depositar la fianza ante organismo público (Ley 5/2025 eliminó el depósito en AVRA desde el 24-enero-2026) en Sin obligación de depósito. ⚠️ Atención: desde el 24 de enero de 2026, Andalucía ya NO exige depositar la fianza en la AVRA. La Ley 5/2025 de Vivienda de Andalucía eliminó la obligación de depósito para los contratos nuevos firmados desde esa fecha. El arrendador retiene la fianza y debe devolverla al final del contrato (art. 36 LAU).
El propietario con inmuebles en varias CCAA trackea plazos de fianza distintos (Madrid 30 días hábiles, Cataluña 2 meses, otras 1 mes): sin un panel multi-CCAA, aplica mal el plazo y arrastra sanciones.
El propietario con inmuebles en varias CCAA trackea plazos de fianza distintos (Madrid 30 días hábiles, Cataluña 2 meses, otras 1 mes) y se lia sin un panel multi-CCAA. Sin sistema, el propietario aplica el plazo de una CCAA al inmueble de otra y se arriesga a la sanción autonómica. FianzaListo trackea el plazo específico de Andalucía (Sin obligación de depósito) y te avisa 30/15/5/1 días antes para que los propietarios con inmuebles en varias CCAA no se enfrenten a la sanción autonómica.