En Andalucía la fianza de alquiler de habitaciones se deposita en No existe obligación de depositar la fianza ante organismo público (Ley 5/2025 eliminó el depósito en AVRA desde el 24-enero-2026) en Sin obligación de depósito. La habitación suelta en un piso compartido se rige por el régimen autonómico de habitación y cada inquilino conviviente arrastra su vencimiento dentro de la misma casa.
Alquilar una habitación suelta dentro de un piso compartido somete la fianza al régimen autonómico de habitación, distinto del contrato de vivienda entera en varias comunidades. Cada inquilino conviviente firma su propio contrato y arrastra su vencimiento de depósito dentro de la misma casa, y lo habitual es aplicar la fianza de vivienda entera a una habitación y equivocarse de régimen. El organismo autonómico aplica su norma concreta para habitación donde la tiene. El flujo en alquiler de habitaciones es: firma del contrato de habitación suelta → fianza bajo el régimen autonómico de habitación → depósito por cada inquilino conviviente → justificante por habitación. FianzaListo trackea el plazo específico de Andalucía (Sin obligación de depósito) para que el depósito no se convierta en sanción.