locales comerciales · Andalucía

Fianza para locales comerciales en Andalucía

En Andalucía la fianza de locales comerciales se deposita en No existe obligación de depositar la fianza ante organismo público (Ley 5/2025 eliminó el depósito en AVRA desde el 24-enero-2026) en Sin obligación de depósito. El local comercial lleva fianza de 2 mensualidades, no 1, y sobre importes altos la sanción por fuera de plazo escala con la fianza: el error cuesta más caro que en vivienda.

El alquiler de uso distinto del de vivienda —locales y naves— dobla la fianza: el art. 36.1 LAU fija 2 mensualidades, no 1. Sobre contratos de importe alto, una fianza de dos mensualidades mal depositada o fuera de plazo supone una sanción gruesa, porque la multa autonómica escala con el importe de la fianza. El régimen del local es distinto del de vivienda y el organismo gestiona el depósito con sus particularidades para uso distinto. El flujo en locales comerciales es: firma del contrato de local → fianza de 2 mensualidades → cálculo del plazo por CCAA → depósito telemático en el organismo → justificante. FianzaListo trackea el plazo específico de Andalucía (Sin obligación de depósito) para que el depósito no se convierta en sanción.

Plazo en Andalucía

Plazo
Sin obligación de depósito
Organismo
No existe obligación de depositar la fianza ante organismo público (Ley 5/2025 eliminó el depósito en AVRA desde el 24-enero-2026)

Datos del sector

Fianza de 2 mensualidades en uso distinto del de vivienda (art. 36.1 LAU)
El régimen del local es distinto del de vivienda habitual
Sobre importes altos, la sanción por fuera de plazo escala con la fianza

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tengo para depositar la fianza de locales comerciales en Andalucía?
Sin obligación de depósito desde la firma, en No existe obligación de depositar la fianza ante organismo público (Ley 5/2025 eliminó el depósito en AVRA desde el 24-enero-2026). No hay sanción por no depositar (no hay obligación de depósito). El arrendador retiene la fianza y debe devolverla al final del contrato.
¿Tengo que depositar la fianza en Andalucía?
No. Desde el 24 de enero de 2026, la Ley 5/2025 eliminó la obligación de depositar la fianza en la AVRA. El arrendador retiene la fianza y debe devolverla al final del contrato.
¿La fianza de un local es de una o dos mensualidades?
De dos. El art. 36.1 LAU fija 1 mensualidad para vivienda y 2 para uso distinto del de vivienda. FianzaListo te ayuda a calcular el importe y a trackear el plazo.

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