En Aragón la fianza se deposita en Dirección General de Vivienda (Gobierno de Aragón) en 2 meses. En Aragón la fianza se deposita en la Dirección General de Vivienda del Gobierno de Aragón en 2 meses — el doble del plazo nacional, como Cataluña. La sanción por no depositar es de 300 a 3.000 € (Ley 10/1992 art 18).
El arrendador que alquila por primera vez y estrena su primer inquilino desconoce el plazo de depósito de la fianza de su CCAA: sin haber alquilado nunca, el primer depósito se retrasa y arranca la sanción.
El arrendador que alquila por primera vez y estrena su primer inquilino desconoce el plazo de depósito de la fianza de su CCAA y deja pasar el vencimiento. Sin haber alquilado nunca, el primer depósito de la fianza se retrasa y arranca la sanción autonómica del primer contrato. FianzaListo trackea el plazo específico de Aragón (2 meses) y te avisa 30/15/5/1 días antes para que los nuevo inquilino, primer depósito no se enfrenten a la sanción autonómica.