En Aragón la fianza de alquiler de temporada se deposita en Dirección General de Vivienda (Gobierno de Aragón) en 2 meses. La temporada turística prorratea la fianza a los días de estancia y rota huéspedes a diario: cada reserva dispara un depósito autonómico y alguna se queda sin presentar.
El alquiler turístico de temporada escapa al régimen de vivienda habitual: la fianza se prorratea a los días de estancia, sin mensualidad fija, y la rotación de huéspedes encadena entradas y salidas que disparan el número de depósitos autonómicos a presentar. Muchos anfitriones de plataforma asumen que la temporada turística exime del depósito y se equivocan, con sanción. Cada CCAA trata la temporada con su propia norma y, a veces, con un trámite diferenciado en sede. El flujo en alquiler de temporada es: reserva turística → contrato de temporada con fianza prorrateada a la estancia → verificación del régimen CCAA de temporada → depósito en el organismo si procede → justificante. FianzaListo trackea el plazo específico de Aragón (2 meses) para que el depósito no se convierta en sanción.