En Cantabria la fianza se deposita en No existe obligación de depositar la fianza ante organismo público (nunca se reguló en Cantabria) en Sin obligación de depósito. En Cantabria NO existe obligación de depositar la fianza ante organismo público. Cantabria nunca ha regulado un régimen de depósito autonómico. El arrendador retiene la fianza y debe devolverla al final del contrato (art. 36 LAU).
El despacho que gestiona la fianza de una cartera de clientes en varias CCAA necesita un panel multi-cliente que trackee el plazo y el organismo por propietario, sin que se pase ningún vencimiento de ningún cliente.
El despacho lleva la fianza de una cartera de clientes en varias CCAA y sin panel multi-cliente se le pasan los vencimientos por propietario. Sin sistema, el administrador no demuestra al propietario que controló el plazo y el organismo de la CCAA de su inmueble. FianzaListo trackea el plazo específico de Cantabria (Sin obligación de depósito) y te avisa 30/15/5/1 días antes para que los despachos de admin de fincas con cartera multi-CCAA no se enfrenten a la sanción autonómica.