En Cantabria la fianza se deposita en No existe obligación de depositar la fianza ante organismo público (nunca se reguló en Cantabria) en Sin obligación de depósito. En Cantabria NO existe obligación de depositar la fianza ante organismo público. Cantabria nunca ha regulado un régimen de depósito autonómico. El arrendador retiene la fianza y debe devolverla al final del contrato (art. 36 LAU).
La cooperativa o entidad promotora de vivienda protegida (VPO) gestiona contratos con fianza tasada y organismo específico: incumplir el depósito arrastra el reintegro de las ayudas públicas además de la sanción.
La vivienda protegida (VPO) tiene fianza tasada y precio calificado, con organismo específico en varias CCAA para la cooperativa promotora. Incumplir el depósito en régimen protegido arrastra el reintegro de las ayudas públicas y subvenciones además de la sanción autonómica. FianzaListo trackea el plazo específico de Cantabria (Sin obligación de depósito) y te avisa 30/15/5/1 días antes para que los cooperativas de vivienda social no se enfrenten a la sanción autonómica.