En Cantabria la fianza se deposita en No existe obligación de depositar la fianza ante organismo público (nunca se reguló en Cantabria) en Sin obligación de depósito. En Cantabria NO existe obligación de depositar la fianza ante organismo público. Cantabria nunca ha regulado un régimen de depósito autonómico. El arrendador retiene la fianza y debe devolverla al final del contrato (art. 36 LAU).
Al renovar el contrato, la fianza se actualiza con el IPC o, en zona tensionada, con el IRAV: sin sistema, el propietario olvida actualizarla y el depósito queda desfasado.
Al renovar el contrato, la fianza se actualiza con el IPC o, en zona tensionada, con el IRAV (art. 17 LAU, Ley 12/2023). Sin sistema, el propietario olvida actualizar la fianza al renovar y el depósito queda desfasado respecto a la renta vigente. FianzaListo trackea el plazo específico de Cantabria (Sin obligación de depósito) y te avisa 30/15/5/1 días antes para que los renovación de fianza (IPC/IRAV) no se enfrenten a la sanción autonómica.