FianzaListo estima la sanción a la que te expones si depositas la fianza fuera de plazo en tu comunidad autónoma. El recargo y la multa varían por CCAA: en Madrid, las sanciones típicas van del 5 % al 50 % de la fianza; en Cataluña, del 35 % al 75 %; en Andalucía, la infracción grave puede llegar al 150 % del importe de la fianza no depositada. La cifra real depende de la tipificación (leve, grave o muy grave) y del criterio del organismo, pero FianzaListo te da el horquilla orientativa de tu CCAA para que sepas qué hay en juego antes de dejar pasar el plazo. En Comunidad de Madrid, el plazo de depósito de la fianza es 30 días hábiles en Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid (AVS, antes IVIMA), por lo que calculadora de sanción por fuera de plazo se aplica con esa referencia temporal autonómica.
En Madrid la fianza del alquiler se deposita en la AVS en 30 días hábiles — no naturales —, el plazo más corto de las CCAA verificadas y el más fácil de perder. La sanción por fuera de plazo arranca en el 5% y llega al 50% de la fianza (hasta 90.151,82 € en muy graves). Estima la sanción si te pasas del plazo de depósito: Madrid 5–50 %, Cataluña 35–75 %, Andalucía hasta el 150 % de la fianza.