En Comunidad de Madrid la fianza se deposita en Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid (AVS, antes IVIMA) en 30 días hábiles. En Madrid la fianza del alquiler se deposita en la AVS en 30 días hábiles — no naturales —, el plazo más corto de las CCAA verificadas y el más fácil de perder. La sanción por fuera de plazo arranca en el 5% y llega al 50% de la fianza (hasta 90.151,82 € en muy graves).
Con un piso o dos en alquiler, el propietario particular no quiere pagar una gestoría recurrente solo para la fianza: desconoce el plazo de su comunidad autónoma y las multas llegan al 75 % del importe.
Con un solo piso, pagar una gestoría recurrente solo para la fianza no cuadra; el propietario particular prefiere tramitarlo él mismo. Las multas por no depositar la fianza llegan al 75 % del importe, un coste que sorprende al propietario de un único inmueble (idealista/news). FianzaListo trackea el plazo específico de Comunidad de Madrid (30 días hábiles) y te avisa 30/15/5/1 días antes para que los propietarios particulares no se enfrenten a la sanción autonómica.