En Comunidad de Madrid la fianza se deposita en Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid (AVS, antes IVIMA) en 30 días hábiles. En Madrid la fianza del alquiler se deposita en la AVS en 30 días hábiles — no naturales —, el plazo más corto de las CCAA verificadas y el más fácil de perder. La sanción por fuera de plazo arranca en el 5% y llega al 50% de la fianza (hasta 90.151,82 € en muy graves).
El anfitrión de alquiler turístico prorratea la fianza a los días de estancia y rota huéspedes cada poco tiempo: cada entrada dispara un contrato corto cuyo depósito autonómico toca gestionar.
El alquiler turístico de corta duración prorratea la fianza al número de días de estancia, sin mensualidad fija. La rotación de huéspedes encadena entradas y salidas y dispara el número de contratos cuyo depósito autonómico toca gestionar. FianzaListo trackea el plazo específico de Comunidad de Madrid (30 días hábiles) y te avisa 30/15/5/1 días antes para que los arrendadores de temporada no se enfrenten a la sanción autonómica.