En Asturias la fianza se deposita en No existe obligación de depositar la fianza ante organismo público (derogado en 2010, BOPA 16/06/2010) en Sin obligación de depósito. En Asturias NO existe obligación de depositar la fianza ante organismo público. El Principado derogó el régimen de depósito en 2010 (BOPA 16/06/2010) y no lo ha reactivado. El arrendador retiene la fianza y debe devolverla al final del contrato (art. 36 LAU).
El administrador de fincas lleva una cartera de propietarios con inmuebles en CCAA distintas y plazos distintos a la vez: una sola fianza olvidada es una sanción al cliente y un daño reputacional para el despacho.
La cartera mezcla propietarios con inmuebles en varias CCAA, y gestionar cada vencimiento a mano en una hoja es la vía de perder alguna fianza. Una sanción al propietario por un plazo olvidado se traduce en daño reputacional y pérdida de cliente para el despacho. FianzaListo trackea el plazo específico de Asturias (Sin obligación de depósito) y te avisa 30/15/5/1 días antes para que los administradores de fincas no se enfrenten a la sanción autonómica.