En Asturias la fianza se deposita en No existe obligación de depositar la fianza ante organismo público (derogado en 2010, BOPA 16/06/2010) en Sin obligación de depósito. En Asturias NO existe obligación de depositar la fianza ante organismo público. El Principado derogó el régimen de depósito en 2010 (BOPA 16/06/2010) y no lo ha reactivado. El arrendador retiene la fianza y debe devolverla al final del contrato (art. 36 LAU).
La inmobiliaria de intermediación vende el depósito de fianza como servicio al propietario que le confía el alquiler: un plazo olvidado le cuesta la gestión del inmueble y el argumento de venta.
La inmobiliaria de intermediación vende el depósito de fianza como servicio al propietario que le confía el alquiler y un plazo olvidado le hace perder la gestión de ese inmueble. Captar y llevar varios contratos a la vez con CCAA distintas sin sistema invita al error en la inmobiliaria. FianzaListo trackea el plazo específico de Asturias (Sin obligación de depósito) y te avisa 30/15/5/1 días antes para que los gestorías e inmobiliarias no se enfrenten a la sanción autonómica.