En Asturias la fianza se deposita en No existe obligación de depositar la fianza ante organismo público (derogado en 2010, BOPA 16/06/2010) en Sin obligación de depósito. En Asturias NO existe obligación de depositar la fianza ante organismo público. El Principado derogó el régimen de depósito en 2010 (BOPA 16/06/2010) y no lo ha reactivado. El arrendador retiene la fianza y debe devolverla al final del contrato (art. 36 LAU).
Con un piso o dos en alquiler, el propietario particular no quiere pagar una gestoría recurrente solo para la fianza: desconoce el plazo de su comunidad autónoma y las multas llegan al 75 % del importe.
Con un solo piso, pagar una gestoría recurrente solo para la fianza no cuadra; el propietario particular prefiere tramitarlo él mismo. Las multas por no depositar la fianza llegan al 75 % del importe, un coste que sorprende al propietario de un único inmueble (idealista/news). FianzaListo trackea el plazo específico de Asturias (Sin obligación de depósito) y te avisa 30/15/5/1 días antes para que los propietarios particulares no se enfrenten a la sanción autonómica.