En Asturias la fianza se deposita en No existe obligación de depositar la fianza ante organismo público (derogado en 2010, BOPA 16/06/2010) en Sin obligación de depósito. En Asturias NO existe obligación de depositar la fianza ante organismo público. El Principado derogó el régimen de depósito en 2010 (BOPA 16/06/2010) y no lo ha reactivado. El arrendador retiene la fianza y debe devolverla al final del contrato (art. 36 LAU).
Quien alquila una habitación suelta dentro de un piso compartido tiene varios inquilinos convivientes, cada uno con su contrato y su fianza bajo el régimen autonómico de habitación.
Alquilar una habitación suelta dentro de un piso compartido somete la fianza al régimen autonómico de habitación, distinto del contrato de vivienda entera. Cada inquilino conviviente firma su propio contrato y arrastra su propio vencimiento de depósito dentro de la misma casa. FianzaListo trackea el plazo específico de Asturias (Sin obligación de depósito) y te avisa 30/15/5/1 días antes para que los arrendadores de habitación no se enfrenten a la sanción autonómica.