En Asturias la fianza se deposita en No existe obligación de depositar la fianza ante organismo público (derogado en 2010, BOPA 16/06/2010) en Sin obligación de depósito. En Asturias NO existe obligación de depositar la fianza ante organismo público. El Principado derogó el régimen de depósito en 2010 (BOPA 16/06/2010) y no lo ha reactivado. El arrendador retiene la fianza y debe devolverla al final del contrato (art. 36 LAU).
El inversor rentista con una cartera inmobiliaria de varios pisos no opera el día a día: cada inmueble tiene su fecha de firma y su CCAA, y sin un panel alguna fianza se queda sin depositar.
La cartera inmobiliaria acumula pisos con fechas de firma distintas y el inversor rentista no opera el día a día del alquiler. Sin un panel que centralice los vencimientos, seguir cada fianza a mano es inviable y alguna se queda sin depositar al renovar. FianzaListo trackea el plazo específico de Asturias (Sin obligación de depósito) y te avisa 30/15/5/1 días antes para que los inversores en alquiler no se enfrenten a la sanción autonómica.