Guía al organismo correcto por CCAA · Extremadura

Guía al organismo correcto por CCAA para la fianza en Extremadura

FianzaListo te guía paso a paso al organismo autonómico que recibe el depósito de tu fianza y al trámite telemático en su sede electrónica. Cada CCAA tiene el suyo: la Agencia de Vivienda Social de Madrid (AVS, antes IVIMA), el Institut Català del Sòl (Incasòl), la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA), el Institut Valencià d'Investigació en Habitatge (IVIA) en la GVA, Bizilagun en el País Vasco y el Instituto Galego de Vivenda e Solo (IGVS) en Galicia. La Ley 12/2023 deja claro que la fianza se deposita en el organismo competente de la CCAA, no en un sitio único. FianzaListo te lleva al tuyo y te explica cómo presentar el depósito en su sede. En Extremadura, el plazo de depósito de la fianza es Sin obligación práctica en La Ley 3/2001 existe pero el procedimiento de depósito nunca se implementó. La Consejería de Hacienda confirma que la obligación no tiene efecto en la práctica., por lo que guía al organismo correcto por ccaa se aplica con esa referencia temporal autonómica.

⚠️ En Extremadura la Ley 3/2001 establece la obligación de depositar la fianza (30 días, multa hasta 30.000 €), pero el procedimiento nunca se implementó y la Consejería de Hacienda confirma que no tiene efecto en la práctica. En la práctica, el arrendador retiene la fianza. Te decimos a qué organismo depositar la fianza y cómo: AVS (Madrid), Incasòl (Cataluña), AVRA (Andalucía), IVIA/AVRAVA (C. Valenciana), Bizilagun (País Vasco), IGVS (Galicia).

Plazo y organismo en Extremadura

Plazo
Sin obligación práctica
Organismo
La Ley 3/2001 existe pero el procedimiento de depósito nunca se implementó. La Consejería de Hacienda confirma que la obligación no tiene efecto en la práctica.

Beneficios de Guía al organismo correcto por CCAA

Preguntas frecuentes

¿Cómo funciona Guía al organismo correcto por CCAA para la fianza en Extremadura?
FianzaListo te guía paso a paso al organismo autonómico que recibe el depósito de tu fianza y al trámite telemático en su sede electrónica. Cada CCAA tiene el suyo: la Agencia de Vivienda Social de Madrid (AVS, antes IVIMA), el Institut Català del Sòl (Incasòl), la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA), el Institut Valencià d'Investigació en Habitatge (IVIA) en la GVA, Bizilagun en el País Vasco y el Instituto Galego de Vivenda e Solo (IGVS) en Galicia. La Ley 12/2023 deja claro que la fianza se deposita en el organismo competente de la CCAA, no en un sitio único. FianzaListo te lleva al tuyo y te explica cómo presentar el depósito en su sede. En Extremadura el plazo es Sin obligación práctica (La Ley 3/2001 existe pero el procedimiento de depósito nunca se implementó. La Consejería de Hacienda confirma que la obligación no tiene efecto en la práctica.). La Ley 3/2001 art 58.h tipifica el no depósito como infracción grave (multa 3.001–30.000 € art 63), pero NO se aplica en la práctica porque el procedimiento nunca se implementó.
¿Tengo que depositar la fianza en Extremadura?
En la práctica, no. Aunque la Ley 3/2001 establece la obligación, el procedimiento nunca se implementó y la Consejería de Hacienda confirma que no tiene efecto. El arrendador retiene la fianza en la práctica.
¿Hay un único sitio para depositar la fianza en España?
No. La fianza se deposita en el organismo competente de la comunidad autónoma del inmueble (AVS en Madrid, Incasòl en Cataluña, AVRA en Andalucía, IVIA/AVRAVA en la CV, Bizilagun en el PV, IGVS en Galicia). La Ley 12/2023 refuerza esa competencia autonómica.

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