arrendadores de locales · Extremadura

Fianza para arrendadores de locales en Extremadura

En Extremadura la fianza se deposita en La Ley 3/2001 existe pero el procedimiento de depósito nunca se implementó. La Consejería de Hacienda confirma que la obligación no tiene efecto en la práctica. en Sin obligación práctica. ⚠️ En Extremadura la Ley 3/2001 establece la obligación de depositar la fianza (30 días, multa hasta 30.000 €), pero el procedimiento nunca se implementó y la Consejería de Hacienda confirma que no tiene efecto en la práctica. En la práctica, el arrendador retiene la fianza.

El arrendador de un local o nave deposita 2 mensualidades de fianza, no 1, conforme al art. 36.1 LAU: sobre un importe alto, una fianza fuera de plazo supone una sanción gruesa.

El alquiler de uso distinto exige una fianza de 2 mensualidades, no 1, conforme al art. 36.1 LAU para el local o la nave. El régimen del local es distinto del de vivienda y el organismo gestiona el depósito con sus particularidades para uso distinto. FianzaListo trackea el plazo específico de Extremadura (Sin obligación práctica) y te avisa 30/15/5/1 días antes para que los arrendadores de locales no se enfrenten a la sanción autonómica.

Plazo y organismo en Extremadura

Plazo en Extremadura
Sin obligación práctica
Organismo
La Ley 3/2001 existe pero el procedimiento de depósito nunca se implementó. La Consejería de Hacienda confirma que la obligación no tiene efecto en la práctica.

Datos para arrendadores de locales

Fianza de 2 mensualidades en uso distinto del de vivienda (art. 36.1 LAU)
El régimen del local o la nave es distinto del de vivienda habitual
Sobre importes altos, la sanción por fuera de plazo escala con la fianza

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tengo para depositar la fianza de arrendadores de locales en Extremadura?
Sin obligación práctica desde la firma, en La Ley 3/2001 existe pero el procedimiento de depósito nunca se implementó. La Consejería de Hacienda confirma que la obligación no tiene efecto en la práctica.. La Ley 3/2001 art 58.h tipifica el no depósito como infracción grave (multa 3.001–30.000 € art 63), pero NO se aplica en la práctica porque el procedimiento nunca se implementó.
¿Tengo que depositar la fianza en Extremadura?
En la práctica, no. Aunque la Ley 3/2001 establece la obligación, el procedimiento nunca se implementó y la Consejería de Hacienda confirma que no tiene efecto. El arrendador retiene la fianza en la práctica.
¿Cuántas mensualidades de fianza son en un local?
Dos. El art. 36.1 LAU fija la fianza en una mensualidad para vivienda y en dos para uso distinto del de vivienda. FianzaListo te ayuda a calcular el importe y a trackear el plazo de depósito.

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